CERTIFICADO DE COLABORACIÓN SOCIAL DELEGADA
Disponemos de una herramienta para la gestión centralizada de certificados de colaboración social restringida y nuestra solución es, además, la recomendada por la Agencia Tributaria.
La idea inicial de intentar controlar que con el certificado de colaboración no se puedan realizar trámites propios a parte de los trámites de terceros, en régimen de colaboración, no parece tener solución por la vía meramente tecnológica. El motivo es que al navegar por la web de la Agencia Tributaria el parámetro del CIF de la compañía de la que se pretende realizar el trámite no viaja junto a la petición, lo que imposibilita realizar este control mediante filtrado de URL.
No obstante, existe una solución, que de hecho es la que propone la AEAT, y la podemos proporcionar desde ADMware. Se trata de emplear certificados de persona física para los trabajadores de la empresa que tengan que presentar estos trámites, y habilitar estos certificados en la web de la AEAT como certificados de Colaboración Social Delegada para vuestra empresa. El trámite es muy sencillo, y los certificados de persona física para vuestros empleados los podemos suministrar nosotros, ofrecemos servicio de emisión de certificados. Más aún, estos certificados se entregarían centralizados en nuestra plataforma de gestión de certificados digitales desde el primer día, para evitar que se pudieran descontrolar. Además, mediante el uso de políticas de navegación, podemos hacer que esos certificados sólo sean válidos en la web de la AEAT mediante reglas de filtrado.
El coste para implantar estos certificados de Colaboración Social Restringida tiene un alta el primer año, el resto de años la tarifa se reduce a un coste por certificado. La diferencia de coste entre el primer año y los otros se debe a las validaciones que debemos realizar en la primera emisión, que en las renovaciones son más sencillas y automáticas.